En nuestras
visitas a Empresas, frecuentemente nos encontramos con una gran falta
de propiedad al hablar de Certificación. Unos se refieren a ella
como "Homologación". Otros los hacen empleando el término
"Acreditación". Por ello, sin entrar ahora en una precisión
conceptual, vamos a intentar establecer diferencias entre estos tres conceptos.
|
|
Certificación: hemos visto
anteriormente que la Certficación es un "acto voluntario",
por el cual una parte interesada (Empresa, Organismo o Persona) solicita
a un "Organismo Competente" e independiente que evalúe
el grado de cumplimiento de algún aspecto de interés, en
relación con una determinada Norma, y en caso de alcanzarse un
nivel adecuado de cumplimiento, emita el correspondiente Certificado.
Para asegurar
la Competencia del organismo Cetificador, se ha desarrollado un segundo
concepto, la Acreditación.
Acreditación:
es el proceso al que se debe someter la Entidad u Organismo Certificador,
para demostrar que dispone de un Sistema adecuado de actuación
para llevar a cabo un proceso de Certificación, de forma que se
pueda asegurar la validez de los Certificados.
Homologación: el tercer concepto,
la Homologación, se refiere a un Acto Obligatorio que debe realizar
una Empresa, Organismo o Persona, por exigencias reglamentarias de la
Administración, de un Cliente, etc.
|
|
Empresas: empresas del sector
Alimentario, que requieren una autorización específica del
Ministerio de Sanidad. o bien, los Suministradores de material para el
Ejército, que deberán estar homologados por el Ministerio
de Defensa.
Productos:
también existe la homologación como requisito imprescindible
para suministar productos a determinados Sectores Empresariales,
como por ejemplo, al sector del Automóvil.
Personas: por otro lado, la homologación
también puede ser aplicada a las Personas. Es el caso de
la Homologación de Soldadores, imprescindible para el desempeño
de esta profesión en muchas Empresas.
|